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Verifactu

Si tu empresa es una sociedad, tu Verifactu no empieza en julio: empieza el 1 de enero

Montaste la S.L. hace tres años y desde entonces has leído la misma frase cien veces: «Verifactu, julio de 2027». Sale en la circular de la gestoría, en el correo del almacén y en el folleto que te dieron en la feria. Pues esa no es tu fecha. Si tu empresa tributa por el Impuesto sobre Sociedades, a ti te toca el 1 de enero de 2027, seis meses antes que al autónomo con el que compartes cuadro en la obra.

Por qué hay dos fechas y cuál es la tuya

El reglamento de fondo es el RD 1007/2023, desarrollado por la Orden HAC/1177/2024, y lleva ya dos aplazamientos. El último es el RD-ley 15/2025, de 2 de diciembre (BOE del 3 de diciembre), que retrasó un año el calendario y, al hacerlo, lo partió en dos escalones:

  • 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027 para el resto: IRPF, entidades en atribución de rentas y no residentes con establecimiento permanente.

El escalón existe para que la entrada sea ordenada y no le caiga a todo el tejido empresarial el mismo día. A ti el motivo te da igual: lo que importa es que la fecha que circula por ahí es la del segundo escalón y tú vas en el primero. Y no hay un tercer aplazamiento: ese es el calendario vigente.

No es «las S.L.»: es el Impuesto sobre Sociedades

Conviene decirlo una vez y con claridad, porque el atajo mental «sociedad igual a S.L.» deja gente fuera. La obligación de enero es de los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades: tu S.L., sí, pero también una S.A., una cooperativa de instaladores o una asociación que tribute por el IS. La regla práctica, sin dar más vueltas: si presentas el modelo 200, tu fecha es el 1 de enero de 2027. Si declaras en la renta como autónomo, o sois una comunidad de bienes que va por atribución de rentas, la tuya es julio.

Y quedan fuera de este calendario dos grupos. Quienes están en el SII (Suministro Inmediato de Información), que ya mandan el detalle de sus facturas por otra vía, y los territorios forales, con su propio sistema: TicketBAI en las tres provincias vascas, Batuz en Bizkaia y su normativa propia en Navarra. Si estás en alguno de esos casos tienes obligaciones, pero no son estas.

Lo que tiene que hacer tu programa, resumido

Cuatro cosas: que cada factura genere un registro con una huella encadenada con la del registro anterior, que la factura salga con su código QR, que anular deje un registro de anulación en lugar de un hueco, y que corregir sea emitir una rectificativa y no reescribir la original. Está desarrollado con calma en Verifactu para autónomos en 2027, y te sirve igual: el reglamento es el mismo para todos, lo único distinto es la fecha.

Un dato que casi nadie te cuenta: los fabricantes y vendedores de software están obligados desde el 29 de julio de 2025 a ofrecer sus programas adaptados. Así que si el programa con el que facturas hoy sigue sin estarlo, el problema no es de fecha ni de prisa. Es que ese proveedor ya llega tarde a la suya.

Qué cambia de verdad en tu rutina

Menos de lo que temes, pero hay un gesto que se acaba: corregir una factura ya emitida. Ese movimiento de abrir la 2026/184 porque el administrador de la comunidad avisa de que el NIF está mal, cambiar el dato, generar otra vez el PDF y mandarlo como si nada, deja de existir. A partir de tu fecha eso se hace emitiendo una rectificativa que apunta a la original y dice qué corrige. El cliente recibe dos documentos en vez de uno, y su gestoría lo agradece.

Lo mismo con las anulaciones. Una factura anulada no desaparece del listado ni libera su número: genera su registro de anulación y se queda ahí, anulada y a la vista. Choca con la costumbre de borrarla y hacerla de nuevo, pero es justo lo que persigue el reglamento.

Dos facturas rectificativas en el listado de Thundrik, cada una enlazada a la factura original que corrige.
Dos facturas rectificativas en el listado de Thundrik, cada una enlazada a la factura original que corrige.

Así que en el día a día solo cambia una cosa, y es de cabeza más que de manos: revisar antes de emitir. Cliente, NIF, dirección fiscal y tipo de IVA. Diez segundos que te ahorran una rectificativa.

Métela en el calendario que ya miras

Una fecha que vive sola en una circular se olvida. Cuélgala de algo que tu sociedad ya cumple: el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades, el modelo 202, que se presenta en los veinte primeros días naturales de abril, octubre y diciembre.

  • Octubre de 2026 (2P): cuando prepares ese 202, dedica media hora a mirar con qué programa facturas y si su fabricante ha declarado la adaptación. Si hay que cambiar, cámbialo ahora: quedan dos meses de rodaje.
  • Diciembre de 2026 (3P): última parada antes de la fecha. Deberías estar emitiendo ya con el sistema definitivo, con clientes, artículos y series migrados, no probándolo.
  • Enero de 2027: la primera factura del año sale con su registro y su QR. Si hiciste lo anterior, ese día no se nota nada.
La vista fiscal de una sociedad en Thundrik: el modelo 202 con sus tres plazos del año, abril, octubre y diciembre.
La vista fiscal de una sociedad en Thundrik: el modelo 202 con sus tres plazos del año, abril, octubre y diciembre.

Lo que no conviene es dejarlo para diciembre. Esa semana coincide con el 202, con el cierre del ejercicio y con media gestoría de vacaciones. Es el peor momento del año para tocar la facturación.

Cómo lo hace Thundrik

La cadena ya está construida y la modalidad viene desactivada. Cuando la activas en Ajustes, cada factura que emites genera su registro con huella encadenada, sale con su QR y, si la anulas, se crea el registro de anulación. La aplicación mira la forma de tu NIF para decirte cuál es tu fecha: cuenta atrás al 1 de enero de 2027 si eres sociedad, al 1 de julio si no.

El interruptor de Verifactu en los ajustes de Thundrik, con las dos fechas escritas debajo: sociedades el 1 de enero de 2027 y autónomos el 1 de julio.
El interruptor de Verifactu en los ajustes de Thundrik, con las dos fechas escritas debajo: sociedades el 1 de enero de 2027 y autónomos el 1 de julio.

Corregir es emitir una rectificativa: sale en su propia serie y queda enlazada a la factura original. Con la modalidad activa, las dos se ven también en el listado Verifactu y la aplicación recalcula la cadena entera para decirte si está íntegra. La remisión automática a la Agencia Tributaria empieza al subir el certificado electrónico y activar la modalidad.

Tres honestidades. La cuenta atrás la deduce de la forma del NIF, así que si tu caso es raro, la fecha buena es la de tu impuesto y no la de la letra. Thundrik no presenta modelos: la vista fiscal te da un borrador orientativo del 202 con sus tres plazos, y para calcularlo necesita que apuntes en Ajustes la cuota íntegra ajustada de tu último modelo 200, porque ese dato no sale de tus facturas. Y quien presenta sigue siendo tu gestoría.

Puedes probarlo gratis (30 días gratis, con todas las funciones y sin tarjeta) y, si todavía estás decidiendo programa, aquí tienes qué preguntarle a cualquiera antes de firmar.

Esto es información general, no asesoramiento fiscal. Las fechas son las del RD 1007/2023 tras el RD-ley 15/2025. Para tu caso concreto (si estás en el SII, si tributas en territorio foral o si tienes dudas sobre por qué impuesto tributa tu entidad) pregunta a tu gestoría.

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